Codigo Procesal Penal: Art. 133.- Consultores técnicosSi, por la particularidad y complejidad del caso, el ministerio público o alguno de los intervinientes considera necesaria la asistencia de un consultor en una ciencia, arte o técnica, lo propone al juez o tribunal, el cual decide sobre su autorización, conforme las reglas aplicables a los peritos, sin que por ello asuman tal carácter. El consultor técnico puede presenciar las operaciones de peritaje, acotar observaciones durante su transcurso, sin emitir dictamen, y se deja constancia de sus observaciones. Asimismo, puede acompañar, en las audiencias, a la parte con quien colabora, auxiliarla en los actos propios de su funciónointerrogar, directamente, a peritos, traductores o intérpretes, siempre bajo la dirección de la parte a la que asiste.

Un Proceso Penal es un conjunto de actos sucesivos y ordenados regulados por el derecho, teniendo como finalidad investigar y esclarecer la comisión de hechos susceptibles o merecedores de ser castigado con sanciones o pena aplicadas sobre quien incumplió una ley. Para llevar a cabo este proceso será necesario aplicar medidas coercitivas por parte del estado a quien se le acuse del hecho, pero también se deberá respetar los derechos fundamentales y las garantías consagrada en nuestra constitución. En este conjunto de actos, El Consultor Técnico es una figura "ad-hoc”, novedosa en nuestro actual Codigo Procesal Penal de la Republica Dominican. Entra al proceso cuando la particularidad y la complejidad del caso lo requiere. Esta íntimamente relacionado con las peticiones de las partes existente en los auto judiciales, teniendo como funciones: Asesor de la parte que lo propuso sobre puntos técnicos, científicos o de arte, resultando en elementos jurídicos que se invoquen en la sentencia y hassta   constituir base exclusiva de ella; Puede interrogar directamente a peritos, traductores e interpretes; Presenciar la realización de peritajes y solicitar las aclaraciones que estime conveniente; Estar presente durante las deliberaciones que realizen los peritos. La figura del Consultor Técnico tiene una riqueza conceptual y de apreciación judicial que ha sido poco usada y tratada durante los procesos penales que se siguen en nuestro país. Sin lugar a duda la participacion de este "auxiliar de parates", defensor de los intereses de la parte que lo propuso en favor de quien aplica su ciencia y experiencia sobre cuestiones técnicas en defensa de su posición o interés merece ser profundizada.